viernes, 16 de octubre de 2009

SE PUBLICÓ LA LEY DEL DÍA Y LA SEMANA DEL “EMBARAZO ADOLESCENTE NO PLANIFICADO”

En la foto: Cuando se habla de "embarazo no deseado"... hay que preguntar "¿por quién?" o mejor, "¿acaso Dios no desea que nazca ese bebé?". La castidad es una virtud que debe guardarse hasta el matrimonio, mientras que la lujuria y el desenfreno sexual produce graves daños... y el aborto la muerte del bebé.

Las escuelas porteñas tendrán, además de “educación sexual”, una semana para promover expresamente los anticonceptivos.

Por Mónica del Río

Se publicó esta semana en el Boletín Oficial Nº 3277 de la Ciudad de Buenos Aires la Ley 3091, que instituye al 26 de Septiembre de cada año como “Día de la Prevención del embarazo adolescente no planificado” y a la semana del 26 de septiembre como la “Semana de Prevención del embarazo adolescente no planificado” (Vid Notivida nº 591 y 605).

El macrismo se hizo eco de la campaña que impulsa el Centro Latinoamericano Salud y Mujer (CELSAM), una asociación apoyada por el Fondo de Población de Naciones Unidas (UNFPA), la Agencia de EEUU para el Desarrollo Internacional (USAID) y la multinacional abortista International Planned Parenthood Federation (IPPF).

El CELSAM logró instaurar por primera vez su iniciativa en el 2003 en Uruguay y actualmente son varios los países que, en Latinoamérica y el Caribe, realizan actividades especiales en esa fecha (en muchos casos con la colaboración activa de la filial local de la IPPF).

En la Ciudad de Buenos Aires esta campaña, mal llamada “preventiva-educativa”, se llevará a cabo en la vía pública, centros de salud, escuelas y universidades.

Recordemos que el CELSAM promueve anticonceptivos hormonales de efecto abortivo, reconociendo incluso que esos fármacos producen “un endometrio pseudoresidual, no apto para la anidación”. Cuando falla el anticonceptivo recomienda las píldoras del día después y brega, además, por la legalización del aborto.

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NOTIVIDA, Año IX, nº 622, 16 de octubre de 2009

Editores: Pbro. Dr. Juan C. Sanahuja y Lic. Mónica del Río

Página web http://www.notivida.org

Email notivida@notivida.com.ar

ENTRENAMIENTO MILITAR A PIQUETEROS EN UN EX CUARTEL MILITAR DE CÓRDOBA


En la foto: Luis D'Elía durante una manifestación del campo, golpeando a uno de los manifestantes en defensa de la libertad de opinión del Gobierno

Según El Informador Público, dirigentes piqueteros de distintos grupos, presididos por Luis D’Elía, habrían viajado a Córdoba en los últimos quince días para tratar reservadamente la hipótesis del “golpe reaccionario”.

Atendiendo a la “hipótesis de conflicto” elaborada, analizan acciones a emprender por los movimientos piqueteros en caso de que el aislamiento actual del Gobierno derive en una crisis institucional.

El plan social es el motor de las movilizaciones, pero en su hipótesis no se contempla el mantenimiento de los mismos planes sociales por un eventual nuevo Gobierno en que su titular no fuese un miembro de la familia Kirchner (en otros países se encuentra prohibido el nepotismo).

En Córdoba “se habrían delineado planes no sólo de movilización, sino hasta de ocupación de posiciones estratégicas, como medios de comunicación y refinerías de combustible”, denuncia el referido medio.

Fuentes policiales de dicha Provincia señalaron al Informador Público que les “llamó la atención últimamente el arribo de varios contingentes a las que fueran las instalaciones del Grupo de Artillería 141 del Ejército en San José de la Quintana, a escasos kilómetros de Alta Gracia”.

Según la versión comentada, instructores venezolanos habrían dado cursos de entrenamiento militar a varios contingentes de piqueteros en los solitarios pabellones del abandonado lugar, buscando “constituir una especie de milicia popular semejante a la creada por Hugo Chávez en Venezuela”.

LA CAMPAÑA 2009/2010 DE TRIGO "SERÁ LA PEOR EN 35 AÑOS"



El vicepresidente de la Confederación de Asociaciones Rurales de Buenos Aires y La Pampa (CARBAP) Jorge Srodek advirtió que la campaña 2009/2010 de trigo "será la peor en 35 años".

"La provincia de Buenos Aires concentra 70 por ciento de la producción nacional de trigo, pero parece ser que al gobernador (Daniel) Scioli no le interesa el sudoeste de su provincia, porque poco o nada hizo para revertir ésta situación", dijo el dirigente en declaraciones radiales.

En ese plano, subrayó que "los productores ya no saben qué hacer", y afirmó que "la situación en muchos lugares es desesperante".

"La situación del trigo en la Provincia de Buenos Aires es desastrosa. Estamos frente a la peor cosecha de los últimos 35 años, no hay casi saldo exportable y no hay precio para la exportación porque los mercados siguen intervenidos. Lo que ha ocurrido con el trigo es una vergüenza para el país", afirmó Srodek a través de un comunicado.

Sin embargo, sostuvo que "mientras tanto, el gobernador se hace el distraído y a dos semanas de asumir, el nuevo ministro de Agricultura de la Nación (Julián Domínguez) no ha hecho más que empeorar los ánimos con sus declaraciones".

LA PROVINCIA INSISTE EN EL CIERRE DE BOLICHES A LAS 5.30 HS


En la foto: Los excesos durante las salidas abarcan vómitos autoprovocados para continuar "la diversión" hasta el amanecer, alterando la salud y los ritmos biológicos de los jóvenes.

El ministro de Desarrollo Social bonaerense Baldomero Álvarez de Olivera insistió en las medidas propuestas afirmando que "la idea del gobierno de Daniel Scioli es mantener el cierre a las 5:30 para que los chicos puedan tener una vida más sana", ratificando la postura del gobernador contradiciendo a los diputados que reformaron el proyecto original enviado por el Gobernador para el control de la nocturnidad.

La normativa contempla como horario de egreso de los locales bailables a las 5:30, y las barras en que se expenden bebidas alcohólicas cerrarán a las 4:30 hs.

Tampoco se aprobaría la prohibición de venta de bebidas energizantes, medida introducida por Senadores, aunque esta restricción sería para las marcas que no están autorizadas por el organismo de control.

Vale recordar que el gobernador Scioli también había enviado al Parlamento un proyecto para aumentar las sanciones a quienes venden alcohol a menores, que todavía está en los despachos de comisión.

AGRO EN PROBLEMAS POR LA LEY DE ARRENDAMIENTOS RURALES QUE SERÍA TRATADA EN EL CONGRESO



El Congreso Nacional trataría próximamente la ley de arrendamientos. Esta Ley podría llevar a la quiebra a cientos de medianos establecimientos agrícolas en todo el país que se verían obligados a suspender o echar personal, debido a las grandes restricciones y trabas que plantea.

El proyecto cuenta con 94 artículos y fue impulsado inicialmente por el diputado Eduardo Macaluse (titular del bloque del SI-ARI autónomo) a partir de una propuesta elaborada por Federación Agraria Argentina (FAA). Las modificaciones realizadas al proyecto original produjeron que la FAA haya quitado su aval al mismo.

El proyecto modificado tiene fallas, como afirmar que es para defender la agricultura conservacionista mientras en uno de sus apartados se refiere a la posibilidad del pastoreo de rastrojos. Se establece además un máximo permitido para trabajar por cualquier arrendatario, ya sea persona física o jurídica, cuyo límite sería de 10 unidades económicas variables según la zona, y que pueden además ser cambiadas por la vía administrativa.

Medidas semejantes perjudicarán a los productores, beneficiando a los pooles que pueden hacer constar distintos nombres o firmas, permitiéndoles ampliar la superficie a trabajar y generando una competencia desleal.

El proyecto contempla además el papeleo burocrático. Por ejemplo, tanto el dueño del campo, como el arrendamiento, serían obligados a que tengan domicilio fiscal en la Provincia donde se encuentre el campo. Quienes por ejemplo están en zonas limítrofes provinciales y se cruzan para realizar labores, deberán constituir el domicilio fiscal en la provincia en que trabajan, debiendo además trasladarse a la localidad más cercana donde poder realizar la inscripción. Además, arrendador y arrendatario deberán inscribir el contrato en el Registro Fiscal de Operadores de Granos, en el Registro de Contratos Agrarios (que será creado en el ámbito de la Sagpya) y en el Registro Inmobiliario respectivo.

El art. 5 quita garantías al propietario para el supuesto de la falta de pago de arriendos sin limitación en cuanto a las causas de la falta de pago, y el art. 10 prohíbe la fijación de un porcentaje adicional al alquiler de acuerdo a los rendimientos, eliminando una práctica muy común que hace que el propietario fije un alquiler menor, pero quede asociado si se da un rendimiento superior al habitual.

El art. 25 incluye las obligaciones que habitualmente se fijan a los arrendatarios, pero trae la novedad de obligar al arrendador a pagar el 50% de los gastos de combate de las plagas sin aclarar cuales y si existieran al principio del contrato. En el Título III dedicado a la aparcería se fija que los arrendatarios deberán contribuir con el 50% de los gastos que origine una “agricultura sostenible” sin aclarar de qué gastos se trata.

Los arts. 16 a 19 eliminan totalmente la actual modalidad de contratos accidentales por una cosecha, estableciendo a rajatabla un mínimo de 5 años, lapso que puede ser positivo para planes de preservación del suelo mediante rotaciones, pero que puede ser muy limitativo en un contexto de incertidumbre e inflación. Sólo podrán arrendarse por un año los referidos al pastaje de animales o la producción de semilleros.

“A partir de estas modificaciones será preferible mal explotar un establecimiento que efectuar un arrendamiento…, y ello traerá perjuicio y caída de la producción nacional. Reglamentando limitativamente los arrendamientos como hace este proyecto, se lo lleva al pequeño propietario a la disyuntiva de “vender” su tierra (con la consiguiente mayor concentración de la propiedad) antes que quedar sujeto a un contrato largo, con privilegios para el arrendatario, con limitaciones de contratación y precios incluidos” afirma Federico Pinedo en una crítica al proyecto modificado.

PRORROGAN PLAZO PARA LA INDEMNIZACIÓN POR LA DESAPARICIÓN FORZADA DE PERSONAS


En la foto: Cristina Kirchner junto a Hebe de Bonafini... para esto sí hay recursos económicos

El Congreso sancionó una ley que prorroga por dos años el plazo establecido para acogerse a las indemnizaciones que otorga el Estado a aquellas personas que fueron víctimas de desaparición forzada.

El Ejecutivo incluirá en el proyecto de ley de Presupuesto 2010 el crédito para atender el pago de esos beneficios.

La ley 26.521 fue publicada hoy en el Boletín Oficial, luego de ser sancionada por el Congreso el 23 de setiembre y promulgada de hecho el día 15 de octubre de 2009.

El artículo 1 de la ley dispone un nuevo plazo de 2 años, a partir del vencimiento de la ley 26.178, para acogerse a los beneficios establecidos en las leyes reparatorias para víctimas de desaparición forzada de personas.

En el artículo 2, se establece que el Poder Ejecutivo incluirá en el proyecto de ley de presupuesto para el año próximo el crédito necesario para atender el pago de esos beneficios.

UNIÓN PRO ECHÓ A DIPUTADOS QUE VOTARON A FAVOR PRESUPUESTO 2010


En la foto: Francisco de Narváez padece en su partido el "borocotismo" en dos diputados.

El diputado electo Francisco de Narváez confirmó que los dos legisladores de Unión PRO que votaron con el kirchnerismo el proyecto de Presupuesto nacional 2010 fueron “expulsados” del bloque. “Veo la mano de Néstor Kirchner, me dicen que hubo una reunión en Olivos”, aseguró.

Los diputados en cuestión son Julio Ledesma y Patricia Susana Gardella que integraban la Unión Celeste y Blanco que lidera Francisco de Narváez.

En diálogo con una radio porteña, De Narváez afirmó: “Estoy indignado con los diputados por traicionar el compromiso que asumimos ante los ciudadanos. Ayer mismo los expulsamos del bloque, no vamos a aceptar traiciones”.

En tanto, el legislador nacional negó que la posición de los ahora ‘expulsados’ se deba a una “falta de diálogo” en el espacio y en cambio la adjudicó a presiones de Néstor Kirchner.

“El bloque funciona como tiene que funcionar, no hay incomunicación”, dijo y destacó que “veo la mano de Néstor Kirchner. Hay una visita a Olivos que no pude confirmar. Me dicen que hubo una reunión.”

ESTE DOMINGO 18 DE OCTUBRE NO SE CAMBIARÁ EL HUSO HORARIO


Lo anunció el ministro de Planificación, Julio De Vido, quien afirmó que bajo una recomendación emitida por la cartera que él encabeza, la Presidente "decidió por el momento no modificar" la hora oficial. "Estamos muy seguros de la medida que estamos tomando", enfatizó.

"El 18 de octubre no va a pasar nada", sostuvo Julio De Vido en diálogo con el periodismo radial.

Explicó que la decisión se tomó en base a que "la demanda está perfectamente satisfecha".

En ese sentido el funcionario dijo que la Presidenta no tomará la medida por el momento pero continuará evaluándolo durante el período estival que se aproxima.

El funcionario no descartó que el cambio se produzca porque "la Argentina tiene una ley que faculta a la Presidenta ante los cambios de temporada a correr el huso horario en función de un uso más racional del sistema eléctrico".

Sin embargo, dijo que "el 2009 nos encuentra con un crecimiento de la cantidad de producción y distribución de energía y la demanda creció un 2%, es muy grande el saldo".

Por último, resaltó que "la Argentina hoy, en estas condiciones meteorológicas, no necesita la modificación del huso horario".

REGLAMENTAN PENSIÓN A DETENIDOS DURANTE EL PROCESO MILITAR


La Provincia de Buenos Aires reglamentó la normativa, que fue aprobada semanas atrás por la Legislatura bonaerense, que brinda una pensión graciable para todas las personas que durante el último período de facto hayan sido condenadas por algún Consejo de Guerra o puestas a disposición y privadas de su libertad por el Poder Ejecutivo por causas políticas entre el 24 de marzo de 1976 hasta el de 10 de diciembre de 1983.

Según explicita la publicación en el Boletín Oficial, las personas deberán tener domicilio en la Provincia y presentar la solicitud en el Instituto de Previsión Social (IPS), siempre y cuando no hayan sido beneficiadas con otra prestación nacional, provincial o municipal.

Por su parte, según deja en claro la Ley 14.042, en caso de fallecimiento de las personas, serán beneficiados cónyuges, hijos menores de edad al momento del fallecimiento, o hijos incapacitados para el trabajo, con una remuneración equivalente a la mayor categoría superior (la 24) de la ley 10.430.